Re: [LUG.ro Mix] Tomemos es ejemploconstrucción (Era Ley de Concejo de Profesionales..)
Omar Arino
lugro-mix@lugro.org.ar
Thu, 28 Dec 2006 10:34:57 -0300
Muy buen ejemplo, es similar a los que envié en varios correos, aunque no pude
plasmar con tanta claridad la idea que en ese momento cruzaba por mis neuronas.
Omar
On Thu Dec 28 10:23 , Horacio Castellini <horacio9573@gmail.com> sent:
>Como soy fiel a mis ideas, creo que el nivel de discusión del tema "Ley
>de Concejo de Profesionales de Ciencias Informaticas de la Provincia de
>Santa Fe (Matriculación Obligatoria" ya da para esta lista. Y quisiera
>dar el puntapié inicial poniendo el caso de una práctica que a mi
>entender históricamente compatibiliza oficio con profesionales. La
>construcción. (Saquemos la medicina que es un caso aparte...) en la cuál
>hay dos categorías:
>
>Los de oficio: Peones, albañiles, maestros mayores de obra.
>Los de profesión: Técnicos constructores, Ingenieros civiles y arquitectos.
>
>De los cuales solo los ingenieros civiles y arquitectos deben estar
>colegiados y matriculados si quieren hacer obras civiles de envergadura.
>Los de oficio pueden construir una casa y no estar al margen de la ley,
>lo que no pueden dar es un final de obra o construir un edificio mayor
>mayores a dos pisos. Y las leyes que existen son marcos regulatorios y
>no ponen a los de oficio en la ilegalidad porque van a levantar una
>pared para el rancho ;)
>Ahora bien cual es la razón de la matriculación, los juicios por
>negligencia. Es decir si yo soy un capitalista y contrato a un maestro
>mayor de obra para que me diseñe y supervise la torre Aquamarina. Voy a
>tener muchos problemas pues por más experiencia que este tenga si el
>edificio se derrumba no podré echarle la culpa al ingeniero matriculado
>y me como un juicio que mama mía. En cambio si se cae un balcón puedo
>desligarme de responsabilidad pues la responsabilidad del diseño y
>supervición está en el ingeniero matriculado y colegiado.
>Esta analogía se puede aplicar al desarrollo del soft, los de oficio son
>en un 90% de los casos un trabajo menor, y si yo como empresario
>considero que mi trabajo es de importancia contrato a un matriculado y
>colegiado para desligarme responsabilidades. O en el caso del estado, etc.
>Bueno ya me cansé de escribir... Saludos.
>
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