[LUG.ro Mix] Derogada ordenanza de Voto Electronico en Las Grutas.

Sebastián D. Criado sebastian.criado en gmail.com
Lun Jul 21 21:23:30 ART 2008


Solo lean. La Ordenanza de derogación lo dice todo.

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VISTO: La Ordenanza 2454, en la que se adhiere en todos sus términos a
la Ley Provincial N°4082/06 del sistema de voto electrónico y

 CONSIDERANDO:

           Que la implementación del voto electrónico en las últimas
elecciones municipales, en el 50% de las mesas electorales del
Balneario Las Grutas, no dieron el resultado esperado, muy por el
contrario generaron demoras, trastornos e  incertidumbre durante el
acto eleccionario.

          Que los argumentos para la implementación del voto
electrónico eran entre otros,  la celeridad y facilidad en la emisión
del voto. Pero que en la práctica nada de eso sucedió ya que en la
carga de los padrones a las máquinas por parte de ALTEC, faltaron
datos de personas que si figuraban en el soporte de papel. Dando
origen a la realización de un acta con los representantes de la Junta
Electoral Municipal atribuyendo las fallas a "un error de formato"del
sistema.

          Que un porcentaje muy alto de votantes pertenecientes a las
mesa 1 y 2 femeninas,  que figuraban en el padrón manual pero que no
aparecían en el padrón digital y la máquina les impedía votar,
debieron ser autorizadas a emitir su voto en las otras 2 mesas
tradicionales. Generando demoras y trabajo extra ya que debían ser
asentados los datos del votante manualmente en el padrón por parte de
las autoridades de mesa.

        Que sobre el final del acto eleccionario, cuando las
autoridades de la mesa 2 masculina pretendieron retirar la memoria
extraíble para guardarla en el sobre y apretar el botón para que tire
el escrutinio, existió una falla técnica que borró la memoria y obligó
al recuento en forma manual de los tickets que quedan en el interior
de la urna electrónica. Hecho que pudo realizarse a altas horas de la
noche, generando nerviosismo y dudas sobre el destino de los votos
emitidos.

        Que solo voto el 40% de los votantes que se encontraban en el
padrón de las urnas electrónicas, mientras que en las mesas de voto
tradicional voto el 70% de los empadronados. Demostrando en la
población una manifiesta desconfianza y desconocimiento del sistema,
lo que generó la escasa participación en un acto imprescindible de la
democracia. Generando un sentimiento de discriminación en aquellos que
caprichosamente formaban parte del sistema digital.

       Que por todo lo enunciado precedentemente, el sistema hoy no da
garantías de mejorar la emisión tradicional del sufragio.









POR ELLO:



EL CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANTONIO OESTE

Sanciona con fuerza de

ORDENANZA



ARTICULO 1: Deróguese la Ordenanza N°2454/06 que adhire en todos sus
términos a la Ley N° 4082/06 de creación del Sistema de Voto
electrónico.

ERTICULO 2: DE FORMA

 ...............................................................................................................................................................





INFORME:

VOTO ELECTRONICO

ELECCIONES MUNICIPALES DEL 16 DE DICIEMBRE DE 2007,  SAN ANTONIO OESTE.





En referencia a que se nos ha pedido que nos expresemos en voluntad de
reflejar nuestra opinión y experiencia con la utilización de la
modalidad del voto electrónico es que mencionamos lo siguiente:

La informática como parte de la tecnología es una herramienta muy
eficiente para resolver una infinidad de problemas que hacen a la vida
cotidiana de toda sociedad. Sin embargo creer que tenemos dominio,
poder o control sobre este tipo de tecnología especifica es lo más
erróneo que podemos pensar.

Esta característica de continuo dinamismo hace de la informática una
herramienta muy sofisticada  y compleja como para especular que
gozamos cierto control sobre las situaciones que se pueden presentar.

Ustedes ni nosotros jamás conseguiremos afirmar con esta tecnología
que la inviolabilidad del secreto de voto de cada ciudadano esta ha
resguardo de su derecho supremo, sino que únicamente conseguiremos
confiar que las personas a cargo de estas tecnologías hacen lo
correcto.

Así como lo vemos, el hombre en su naturaleza únicamente puede
sentirse seguro, confiado de todo aquello que el cree que conoce.
Atribuirnos el  poder y la voluntad de que por que algunos puedan
creerse dueños de estas tecnologías, el resto de la sociedad deba
confiar a ciegas en algo de lo que nunca en su más criteriosa voluntad
va ha ser capaz de confiar es muy miserable de nuestra parte y
responsabilidad.

Hoy con más experiencia y  responsabilidad que la que tuvimos cuando
asumimos la tarea de instrumentar la modalidad del voto electrónico
estamos convencidos que no volveríamos a repetir el modo.

¿Ha quien responsabilizar por todo los inconvenientes y dificultades
que pasaron, antes, durante y después del acto eleccionario? Decir que
la ciencia fallo seria muy fácil. Decir que la sociedad nunca termino
de aceptar el compromiso hacia aquello que se le había facilitado
seria muy cómodo también. Decir que unos pocos técnicos de una empresa
informática fallaron seria aun más fácil.

Que todos aquellos que custodiamos el sentir de la Ley Electoral
reconozcamos que hemos fallado es más difícil.

Nosotros como integrantes de la Junta Electoral Municipal de San
Antonio Oeste nos vemos en la obligación de reconocer que nos hemos
equivocado al tomar ciertas decisiones en función de anteponer los
intereses de agrupaciones políticas, gobierno y entidades privadas
sobre los intereses y sentimientos de nuestros vecinos.

Nunca encontraremos palabras para explicarles a nuestros vecinos que
algo tan simple como que un ciudadano que esta habilitado como elector
en una mesa lo tenga que hacer en otra mesa por que ha ocurrido una
falla en la urna electrónica. Que al momento del escrutinio la urna
electrónica pierda los datos o no pueda informar un resultado por que
ha ocurrido una falla en algo que esta realizado con la finalidad de
dar seguridad.

Muchos problemas y pocas respuestas que puedan compensar el
sentimiento de malestar y angustia de nuestros vecinos.


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