[LUG.ro] Los fallos del software y la responsabilidad de quien lo creó

Horacio Castellini horacio9573 en yahoo.com.ar
Dom Mayo 17 18:22:36 ART 2009



--- El sáb 16-may-09, "Sebastián D. Criado" <sebastian.criado en gmail.com> escribió:

> Lo dice en los dos artículos: la exoneración de
> responsabilidad de las
> licencias caen si las leyes locales disponen otra cosa, y
> si las
> partes del contrato hubiesen acordado un régimen de
> responsabilidades
> diferente al consagrado en la licencia general.
> Además, la licencia general es un contrato de adhesión,
> esto es, con
> cláusulas predispuestas por una sola de las partes. La
> jurisprudencia,
> me atrevería a decir que unánime, tiende a declarar la
> nulidad de las
> cláusulas de los contratos de adhesión que sean abusivas.
> ¿Y cuándo es
> abusiva una cláusula predispuesta? Ahí el problema se
> planteará en
> cada situación concreta y de acuerdo a sus particulares
> circunstancias.
> --------
> 

Como me dijo una vez un abogado, en la Argentina las leyes están el 50% a favor del acusado y el 50% en favor del acusador... Ergos el que te gana un juicio es el abogado no las evidencias... y sobre eso si que hay ejemplos en otros ámbitos... el caso Dalmazo, Belsunse, etc... Por lo que esa es la interpretación de tu abogado, yo me quedo con la del mio...



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