[LUG.ro] Fwd: AFIP Viola GPL
Mario Oroz
jmoroz en uol.com.ar
Vie Sep 25 09:31:21 ART 2009
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Sebastián D. Criado escribió:
> El 15/09/09 17:40, Sebastián D. Criado escribió:
>
>>>
>>> Hola Fabian, yo tambien estoy en PyAr; pero de leyente nomas! por
>>> ahora :).
>>>
>>> Me indigne mucho, lo iba a comentar aquí pero, incluso hasta eso me
>>> pareció en
>>> vano, ya que si el mismisimo propietario intelectual del soft no
>>> puede hacer
>>> nada por escasos recursos, y para hacerlo por medio de FSF también
>>> debes contar
>>> con tiempo y recursos... como se hace frente a esto, el pez grande se
>>> come al
>>> chico y así in eternum? Que bronca me comí (bueno, ahora la
>>> comparto), encima la
>>> AFIP!
>>
>> La licencia es un copyright, no se olviden de eso y el copyright es un
>> contrato entre partes.
>> El único que puede actuar es el perjudicado.
>> De allí que lo que se hace es ceder el copyright a la FSF para que
>> ella pueda actuar en cualquier parte del mundo. Esto es simple y
>> llanamente por costos. Sale muy caro un abogado en la otra punta del
>> globo (creo no puede venir un abogado extranjero aquí a hacer quilombo).
>>
>
> Al parecer, puede haber una alternativa.
> Siempre pensé lo expresado arriba sobre el tema de licencias, pero veo
> en una nota que en Francia se logro que un tercero pudiera justamente
> iniciar una acción judicial por violación a la licencia GPL.
>
> Gran triunfo de la GNU / GPL en Francia
> http://www.librecultura.org/2009/09/23/gran-triunfo-de-la-gnu-gpl-en-francia/
Esto esta bueno, pero desde el momento en que la AFPA se dio cuenta de que era
el VNC, si las fuentes estan disponibles porque no las bajo?
Por donde viene la violación de la GPL, por el hecho de truncar información de
copyright y ls misma GPL; por que era una versión modificada (desde sus fuentes
GPL) del VNC; o por ambas?
Lo que no entiendo es en que casos un tercero puede demandar este tipo de
violacion, no siendo el propietario del copyright?... Que lo ampara o que le
permite quejarse de que violaron esa licencia original del soft que esta usando
ya modificado?, las leyes de su pais, la constitucion, el derecho de consumidor
... que?... (si mando fruta disculpen ...)
Con el tema que salio en PyAr, el copyright estaba en la dll, no se que accion
seria valida, lo único que no hizo la afip fue dar acceso al fuente de esa dll,
pero si no la modifico, se puede bajar de algun lugar, de donde indique el
propietario del copyright. Mas que un caso de violacion , con una charlita entre
usuario y prestador (porque el prop. ya dijo que no tiene recursos para
quejarse), se arreglaria.
Saludos.
Mario.
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