[LUG.ro] Municipio de Rojas aprueba Ordenanza para usar software libre

Sebastián D. Criado lugro@lugro.org.ar
Fri, 29 Apr 2005 18:14:34 -0300


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Otra ciudad m=E1s :)
Una a una van a ir migrando ;)

=2D---------  Mensaje reenviado  ----------

>Reply-To: "Alberto E. del Solar Dorrego"
>Subject: Re: Ordenanza Municipal Rojas
>Date: Fri, 29 Apr 2005 14:09:40 -0300
>
>La Ordenanza se sancion=F3 en la primera sesi=F3n
>ordinaria de este a=F1o y se aprob=F3 por unanimidad de
>los tres bloques que componen el HCD.
>Tenemos que agradecer las sugerencias que realizaron
>en su confecci=F3n, Diego Saravia y Federico Heinz.Creo=20
>que es uno de los primeros pasos "pr=E1cticos" que=20
>nos dej=F3 la  1=BA Jornada realizada en Rojas.

>la Ord. es la N=AA 2859/05 y el Dcr. Reglamentario N=BA
>330/05.
>
>Saludos
>Alberto

=2D-------------------------------------------------

Texto de la Ordenanza:
ORDENANZA N=BA 2.859/2.005
Decreto PE 330/05


VISTO:

Que no existe en el plexo normativo de la
Municipalidad de Rojas disposici=F3n alguna referida a
las caracter=EDsticas y condiciones t=E9cnicas bajo las
cuales deben operar los sistemas inform=E1ticos de la
Administraci=F3n P=FAblica Municipal del distrito, y;

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Ejecutivo se encuentra elaborando
un proyecto para la informatizaci=F3n integral de la
Administraci=F3n P=FAblica Municipal.

Que dicho proyecto debe desarrollarse en un marco que
defina claramente sus caracter=EDsticas y condiciones
t=E9cnicas, aplicables tanto al equipamiento existente
como al que se incorporar=E1 en el futuro.

Que en concordancia con ello es que deber=E1n realizarse
todas las acciones tendientes a la capacitaci=F3n del
personal para la plena utilizaci=F3n de las herramientas
tecnol=F3gicas disponibles en la materia.

Que en estos momentos predominan en el mundo dos
modelos de distribuci=F3n de software: el privativo, con
restricci=F3n de los derechos del usuario, y el libre,
con amplios derechos y alternativas de uso por parte
del usuario.

Que existe una marcadamente creciente corriente
mundial de migraci=F3n desde el software privativo hacia
el software libre, fundada en las innumerables
ventajas que ofrecen esta =FAltima opci=F3n, b=E1sicamente
importantes ahorros en materia de regal=EDas y mayor
control e independencia tecnol=F3gica.

Que hay pa=EDses como Brasil, que han decidido
formalmente migrar todos los sistemas inform=E1ticos de
la Administraci=F3n P=FAblica hacia el software libre.

Que en el reciente Primer Foro Mundial de Tecnolog=EDa
Libre celebrado en Venezuela hubo contundentes
pronunciamientos acerca de la importancia que adquiere
que sean los usuarios los que tengan el control de su
propio software.

Que, en ese sentido, se va instalando la idea de
=93utilizar tanto software libre como sea posible y
tanto software privativo como sea imprescindible=94.

Que en la Rep=FAblica Argentina hay ejemplos que
traccionan en el mismo sentido, como los producidos en
la provincia de Salta, Municipalidad de Rosario,
Ciudad Aut=F3noma de Buenos Aires y organismos de la
Provincia de Tucum=E1n.

Que la C=E1mara de Diputados de la Provincia de Buenos
Aires aprob=F3 recientemente por unanimidad un proyecto
del diputado Marcelo El=EDas (UCR), mediante el cual se
encomend=F3 a la Secretar=EDa Administrativa del cuerpo la
puesta en marcha de un proceso de migraci=F3n al
software libre de todas las computadoras que integran
su red inform=E1tica, en un plazo de 360 d=EDas.

Que cuenta con media sanci=F3n de la Honorable C=E1mara de
 Senadores de la Provincia de Buenos Aires un proyecto
de Ley del Senador Alberto Conde (UCR) mediante el
cual se impulsa que =93los poderes Ejecutivo,
Legislativo y Judicial, los organismos
descentralizados y las empresas donde el Estado
Provincial posea mayor=EDa accionaria, emplear=E1n en sus
sistemas y equipamientos de inform=E1tica exclusivamente
programas (software) libres=94.

Que el Recinto del Honorable Senado de la Provincia de
Buenos Aires fue escenario, el 1=BA de junio del a=F1o
2.004, de la Jornada =93Software Libre y Pol=EDticas
P=FAblicas=94.

Que el referido proyecto, en su art=EDculo 10=BA expresa
textualmente: =93se invita a los Gobiernos Municipales a
adherir a esta iniciativa=94.

Que la Municipalidad de Rojas organiz=F3 el 19 de junio
del a=F1o 2.004 con fuerte repercusi=F3n y marcado =E9xito,
la Primera Jornada y Exposici=F3n sobre Dependencia
Tecnol=F3gica, Software Libre (S.L.) y Software de
C=F3digo Abierto.

Que dicha Jornada fue declarada de Inter=E9s Municipal
por Ordenanza n=FAmero 2.780/2004 sancionada por el
Honorable Concejo Deliberante de Rojas en su sesi=F3n
del d=EDa 14 de junio de 2004 y promulgada en todas sus
partes mediante el Decreto n=FAmero 407/04 del
Departamento Ejecutivo Municipal.

Que siendo la libertad una condici=F3n propia de la
democracia, y el Municipio la primera organizaci=F3n
social, =E9ste debe ser justamente el que lidere las
grandes transformaciones tecnol=F3gicas que redunden en
beneficio de la sociedad en su conjunto.

Que, en ese sentido, debe demostrar la capacidad para
actuar en funci=F3n de generar sus propias herramientas
tecnol=F3gicas garantizando la continuidad y la
escalabilidad de las mismas en el tiempo.

Que, en concordancia con ello, debe alentar y fomentar
aquellas acciones del sector privado que se orienten
en el mismo objetivo de la tecnolog=EDa libre.

Que, asimismo, y con el prop=F3sito de contribuir a
allanar caminos en favor del amplio acceso al
conocimiento que  pone a disposici=F3n de todos por
igual el software libre, debe propender a la
instalaci=F3n del concepto del software libre en el
=E1mbito de la educaci=F3n.

Por ello el Honorable Concejo Deliberante de Rojas en
uso de sus facultades sanciona la siguiente:



O R D E N A N Z A

Art=EDculo 1=BA: Los Departamentos Ejecutivo y
Deliberativo de la Municipalidad de Rojas, y los
organismos descentralizados y empresas de econom=EDa
mixta =96existentes o a crearse- en los que el Estado
Municipal posea mayor=EDa accionar=EDa, emplear=E1n en sus
sistemas y equipamientos de inform=E1tica exclusivamente
programas (software) libres.

Art=EDculo 2=BA: Se establece un plazo de sesenta (60)
d=EDas corridos a partir de la entrada en vigencia de la
presente ordenanza, para iniciar la migraci=F3n
progresiva a software libre de todos los sistemas
inform=E1ticos a los que hace referencia el art=EDculo 1=BA
que se encuentren funcionando con software privativo.

Art=EDculo 3=BA: Todas las compras y contrataciones de
programas de computaci=F3n, as=ED como toda la actividad
de capacitaci=F3n en inform=E1tica del personal de la
Administraci=F3n Municipal se realizar=E1 con arreglo a lo
prescripto en el art=EDculo 1=BA de la presente.

Art=EDculo 4=BA: Ser=E1 autoridad de aplicaci=F3n de la
presente Ordenanza el Departamento Ejecutivo, a trav=E9s
del =E1rea que tenga a su cargo las pol=EDticas de
desarrollo de sistemas inform=E1ticos, con facultad para
actuar sobre todos los organismos y =E1reas de la
Administraci=F3n P=FAblica Municipal.

Art=EDculo 5=BA: Se faculta al Departamento Deliberativo y
al Departamento Ejecutivo a autorizar excepciones al
cumplimiento del art=EDculo 1=BA en favor de aquellas
=E1reas y dependencias a su cargo para cuyos procesos,
en los cuales se requiera el uso de la computaci=F3n, no
existan soluciones disponibles o posibilidades de
desarrollo dentro del software libre.
El Departamento Ejecutivo a fin de otorgar excepciones
deber=E1 solicitar dictamen t=E9cnico debidamente
fundamentado por parte del =E1rea de Desarrollo de
Sistemas Inform=E1ticos.
Las excepciones que autoricen ambos Departamentos
tendr=E1n car=E1cter transitorio y conservar=E1n su vigencia
hasta tanto la tecnolog=EDa del software libre pueda
proporcionar las soluciones que casa caso requiera.

Art=EDculo 6=BA: El software desarrollado por la
Municipalidad de Rojas, tanto sea por sus propios
funcionarios y/o trabajadores de la planta permanente
o por contrato, ser=E1 distribuido universalmente bajo
las licencia p=FAblicas generales LGPL (Lesser GPL) y
GNU GPL.

Art=EDculo 7=BA: Se declara de Inter=E9s Municipal a las
acciones p=FAblicas que realicen las instituciones y
organizaciones de la comunidad del Partido de Rojas
debidamente reconocidas por la normativa vigente, en
funci=F3n de la migraci=F3n de sus sistemas inform=E1ticos a
la tecnolog=EDa libre.

Art=EDculo 8=BA: El Departamento Ejecutivo instrumentar=E1
acciones tendientes a concientizar sobre la
importancia del uso del software libre como
herramienta para la promoci=F3n del conocimiento, y de
modo particular arbitrar=E1 los medios y har=E1 las
gestiones necesarias para fomentar el concepto del
software libre en la educaci=F3n.

Art=EDculo 9=BA: El Departamento Ejecutivo reglamentar=E1 la
presente Ordenanza dentro de los 120 d=EDas siguientes a
su promulgaci=F3n.

Articulo 10=BA: Comun=EDquese, Reg=EDstrese y Arch=EDvese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo
Deliberante de Rojas, en su Sesi=F3n Ordinaria,
celebrada el d=EDa 01/04/05.-




Ing. Jorge Kranzelic.
Secretario

Alicia Ferrea.
Vice-Presidente 1=BA.

=2D-=20

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un sistema UNIX"
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		=09

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