[LUG.ro] RE: [LUG.ro] RE: [LUG.ro] Re: [LUG.ro] RE: [LUG.ro] RE: [LUG.ro] Re: [LUG.ro] Re: [LUG.ro] Ley deConcejo de Profesionales de Ciencias Informaticas de la Provincia de SantaFe (Matriculación Obligatoria)

Ing. Fernando M. Villares Terán lugro@lugro.org.ar
Mon, 18 Dec 2006 16:27:55 -0300


Claro eso es lo que habría que modificar junto con otros puntos mas para
permitir que idóneos pudieran matricularse cuantas veces quieran si quieren
o no para poder ejercer de forma organizada y que estén todos los que mas se
pueda incluidos, o no es eso lo que se se querría hacer para democratizar
esto? 

On 18/12/06 16:18, "Sebastián D. Criado" <scriado@ciudad.com.ar> wrote:

> El Lunes 18 Diciembre 2006 15:15, Ing. Fernando M. Villares Terán escribió:
>> Los tuyos omar son puntos realmente muy validos yo te conozco y se que
>> sabes mucho de lo tuyo sin lugar a dudas y montón mas que yo obviamente en
>> tu area de expertise y montón mas por tus años de laburo, pero por ejemplo
>> si vos tuvieras la posibilidad de colegiarte, y fuera a través de un x
>> examen para una especialidad x que es la tuya, y no tuvieras que pagar ni
>> el colegio te fuera a cagar no lo harías? Aunque sea por el hecho de estar
>> tipo como un sindicato / comité...
> Fernando, permitime que te corrija, ya que tu pregunta podría hacer pensar que
> estamos en contra de la creación de un consejo y no es ese el caso.
> 
> Aquí lo que se discute y en lo que estamos la gran mayoria de acuerdo es que
> no tiene que ser una matriculación obligatoria.
> Mantengamonos en esa linea de discusión a fin de no desvirtuar la tematica.
> De nada importa para la discusión si se colegiaría o no. Esa tiene que ser una
> desición personal.
> Así también tu aseveración sobre si haría o no el examen no se ajusta a la
> realidad de la ley, ya que te da la posibilidad de hacerlo por un tiempo y la
> duración de la matricula es de un año. Al querer volverse a matricular, una
> persona sin titulo de sistemas, no lo podría hacer. He aqui la trampa.
> 
> 
> Remitamonos a la ley:
> 
> CAPITULO III: DEL EJERCICIO PROFESIONAL
> 
> ARTICULO 4º: El ejercicio de la profesión en Ciencias Informáticas, queda
> sujeto a las disposiciones de la presente Ley, su reglamentación, Código de
> Ética Profesional y normas complementarias que se dicten, siendo el ámbito de
> aplicación el territorio de la Provincia de Santa Fe. A tal fin, es
> obligatoria para todos los informáticos de la provincia de Santa Fe, la
> inscripción de la matrícula a cargo del Consejo Profesional de Ciencias
> Informáticas de la Provincia de Santa Fe en forma previa al ejercicio
> profesional.-
> 
> ARTICULO 5º: Para ser miembro del Consejo de Profesionales en Ciencias
> Informáticas de la Provincia de Santa Fe, se requiere:
> [...]
> 4) Personas no graduadas en los títulos detallados en los puntos 1, 2 y 3 que
> prueben fehacientemente haber ejercido seis años como mínimo la profesión, y
> que a la fecha de su presentación desempeñen funciones, cargos, empleos o
> comisiones que puedan considerarse propias del ejercicio de la profesión y se
> inscriban en el registro especial que, a tal efecto, llevará el Consejo
> Profesional de Ciencias Informáticas, dentro de los 365 días a contar desde
> su puesta en funcionamiento y debida publicidad.
> 
> ARTICULO 6º: Las personas incluidas en el inciso 4) del artículo anterior que
> a la fecha de su presentación demuestren la experiencia funcional requerida
> podrán solicitar al Consejo su incorporación como miembro del mismo.
> 
> ARTICULO 7º: El derecho acordado en el artículo anterior se otorga por única
> vez y se extenderá por doce (12) meses, contados a partir del funcionamiento
> pleno del Consejo de Profesionales de Ciencias Informáticas de la Provincia
> de Santa Fe.
> Este plazo podrá ser prorrogado por otro similar por decisión del Consejo. A
> partir del vencimiento de este plazo, todos los nuevos matriculados deberán
> ser graduados en alguno de los títulos oficiales según se establece en el
> art. 5°.
> 
> 
> Como podrás ver, muchos quedarán atrapados en esta trampa hecha totlamente con
> el único fin de que no se quejen.
> 
> El tema aquí y el ser de está ley tan impropia y que no comprende la realidad,
> es que si no la hacen obligatoria no se matricula nadie. Los mismos artifises
> de la ley reconocen este punto.
> 
> Pongamos las ojos en lo que está mal de esta ley. Nadie quiere impedir que
> exista un consejo.
> Si hay que impedir que la matiruclación sea obligatoria.
> 
> Saludos.-