[LUG.ro] RE: [LUG.ro] Ley de Concejo de Profesionales de Cienci as Informaticas de la Provincia de Santa Fe (Matricula ción Obligatoria)

Pablo Armando lugro@lugro.org.ar
Fri, 29 Dec 2006 12:32:08 -0300


Hola, 


Busque en que parte la ley va en contra de las 3 libertades, pero no lo he
podido ver aun. En las provincias que ya esta implantado el colegio se
continua con el SL y sus grupos sin problema.

Aún con la ley, podemos analizar como esta hecho un programa, hacer copias y
distribuirlo, y hacer modificaciones y publicarlas, aún sin estar
matriculados; que va a hacer la ley?, ir casa por casa desinstalando los gcc
de todas las computadoras. No creo. 

Tampoco creo que sea el espíritu de la ley el de prohibir los tipos de
difusión que hacen los grupos como este o similares. Esto lo derivo de que
en las otras provincias, donde ya esta aprobada la ley, no se comenzó una
caza de brujas ni mucho menos.

El tema es la plata, y siempre los intereses financieros son los que traen
problemas. Algo que viene de ser capitalistas supongo.

En otro mail dije:
http://www.lugro.org.ar/pipermail/lugro/2006-December/018472.html
Lo que veo ahora es que sin la obligatoriedad, la ley no sirve de nada, ni
se puede sustentar.

Lo que más me preocupa del SL es que las empresas tomen...toman el SL, lo
cierran/ponen en sus productos, y lo venden como parte de su producto sin
distribuir el código con sus modificaciones (buenas o no!).

Maso.

Saludos. Pablo.



-----Mensaje original-----
De: lugro-admin@lugro.org.ar [mailto:lugro-admin@lugro.org.ar] En nombre de
Sebastián D. Criado
Enviado el: Martes, 26 de Diciembre de 2006 03:55 p.m.
Para: lugro@lugro.org.ar

El Martes 26 Diciembre 2006 14:30, Martín Carr escribió:
[...]
>
> que desee!

Fernando:
Además esta ley como esta planteada, va en contra del Software LIbre, más 
precisamente de las libertades 1 2 y 3.

    * La libertad de estudiar cómo funciona el programa, y adaptarlo a tus 
necesidades (libertad 1). El acceso al código fuente es una condición previa

para esto.
    * La libertad de distribuir copias, con lo que puedes ayudar a tu vecino

(libertad 2).
    * La libertad de mejorar el programa y hacer públicas las mejoras a los 
demás, de modo que toda la comunidad se beneficie. (libertad 3). El acceso
al 
código fuente es un requisito previo para esto.

Te paso a explicar cada una:

La libertad 1 es violada por que si no estoy matriculado no puedo adaptar el

programa.
La 2 por que tampoco permite la difusión y distribuir copias es difsion.
Y la 3, menos todavía, ya que no me van a dejar ni mejorar ni publicar las 
mejoras.

Y si te estás preguntando por que todavía, recorda que la licencia GPL
permite 
cobrar por cualquiera de esas cosas ;)

Según esta ley, no me van a dejar que se pueda cobrar por el trabajo.
Se pierde la libertad.

Además de todo esto, la ley no permite la difusión si no se está atriculado
y 
el grupo hace principalmente eso. Difundir. Con lo cual la ley está en
contra 
de cualquier  grupo de usuarios de GNU/Linux, Software Libre o cualquier
otro 
grupo de dufusión de tecnología.

Es decir que si estás a favor de una ley que este en contra del software 
libre, vos mismo estás en contra del Software Libre.
¿Me equivoco en mi analisis?

Por todo lo expuesto, vuelvo a repetir. La ley como actual esta mal.
Si se quiere hacer un consejo, adelante, si se quiere hacer una
matriculación, 
adelante.

Pero NO A LA MATRICULACIÓN OBLIGATORIA. No a la discriminación de personas
que 
tienen amplios conocimientos y no son de una carrera de sistemas.


Saludos.-

-- 

Sebastián D. Criado - scriado{en}ciudad.com.ar
L.U.G.R.o - http://www.lugro.org.ar
GNU/Linux Registered User # 146768
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"Si el Universo fuera un programa estaría hecho en C, y correría sobre
un sistema UNIX"
                                                   Anónimo.