[LUG.ro] Ley del CIE

Gastón Sansó lugro@lugro.org.ar
Fri, 11 May 2007 19:26:19 -0300


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Carlos,mas all=E1 que la ley este vigente, veo muy dificil su implementaci=
=F3n
en el contexto actual del mercado,
donde hay una importante escasez de oferta de profesionales de informatica =
y
una baja matriculaci=F3n en las carreras de sistemas.
Creo que este no es momento de excluir gente,sino todo lo contrario.

Como piensan manejar esto? Come creen que van a reaccionar las empresas
cuando quieran tocarle sus "recursos"?.

Saludos

On 5/11/07, Carlos Aguirre (Sec. Informatica Rosario - Poder Judicial Santa
Fe) <admin@justiciasantafe.gov.ar> wrote:
>
>     =BFDe que manera tienen que entender que la ley del CIE esta vigente,
> sancionada y con un decreto??
>     Sinceramente parece que estuviera escuchando a alguien que no es
> inform=E1tico tratando de poner palos en la rueda a un proyecto impulsado
> por
> el APPEI que defiende aun mas los intereses de los inform=E1ticos, aun co=
n
> los
> posibles puntos perfectibles que pudiera tener.
>
> http://www.cie.gov.ar/archivos/estatuto%20decreto%200601.PDF
> http://www.cie.gov.ar/archivos/Ley%2011291.PDF
>
> De la LEY y lo destaco en mayusculas por si no lo ven! ya que ya lo
> transcribi en mail anterior
>
> ARTICULO 10. La matriculaci=F3n es el acto por el cual el Colegio otorga
> autorizaci=F3n para el
> ejercicio de la profesi=F3n en el =E1mbito territorial de la Provincia de
> Santa
> Fe, y dar=E1 fe ante otros
> Estados Provinciales y/o Entidades Nacionales que as=ED lo requieran., de=
 la
> matriculaci=F3n otorgada.
> La matriculaci=F3n se efectuar=E1 a solicitud del interesado por escrito,
> cumpliendo los siguientes
> requisitos:
> a) Est=E1n OBLIGADOS a matricularse todos los profesionales con t=EDtulo
> habilitante que ejerzan la
> profesi=F3n, bajo las diferentes modalidades, siendo las m=E1s habituales=
 las
> siguientes:
> 1. En relaci=F3n de dependencia p=FAblica o privada.
> 2. Como profesional independiente.
> 3. Como empresario.
>
> Por ende entiendo que SI ES OBLIGATORIA!
>
> Del ART 25.
> h) Gestionar ante las autoridades pertinentes los alcances de las
> incumbencias profesionales de sus colegiados avalando las incumbencias
> dadas
> por el Ministerio de Educaci=F3n y Justicia de la Naci=F3n para cada
> matriculado
> o por la autoridad educacional competente.
>
>     Las incumbencias por ende no las dicta el CIE, sino el Ministerio o
> autoridad competente.
>     Con lo cual, leyendo bien la ley concluimos que cualquier actividad
> que
> este dentro de las incumbencias de las profesiones  relacionadas con la
> informatica (las enumere en mail anterior) tiene que ser realizada por un=
a
> persona matriculada en el CIE (obviamente dentro de la Prov de Santa Fe).
>
>     No se dejen confundir, lean bien la ley y su decreto que fija el
> estatuto. Despues cada uno saque sus propias conclusiones!
>     Yo soy idoneo , por lo cual segun el CIE si alguna de mis actividades
> profesionales esta dentro de las incumbencias de los profesionales que
> matricula, estaria hciendo ejercicio ilegal de la profesion.
>     Es por ello mi interes por el proyecto del APPEI, el cual al menos
> contempla la matriculacion de idoneos dentro del 1er a=F1o..con la
> posibilidad
> de un a=F1o mas. Si es cierto que segun el texto actual del proyecto,
> despues
> de ese periodo la unica manera de matricularse va a ser teniendo algun
> titulo, pero esta en el espiritu de quiene estan en la CD del APPEI trata=
r
> de encontrar alguna solucion al respecto..
>     Mientras tanto, todos aquellos que somos idoneos estamos completament=
e
> desamparados.
>         Y para finalizar, ya que creo haber dado mis explicaciones con
> respecot al CIE, haber alcanzado el material para que cada uno se informe
> y
> saque sus propias conclusiones, ya que no es mi interes convencer sino
> informar, doy pro cerrado el tema en lo que a mi respecta.
>     Por otro lado Consejo de Profesionales o Colegio de Profesionales
> =BFcreen
> que tiene alguna diferencia salvo el nombre??
>
> Saludos
> Carlos
>
> _______________________________________________
> Lugro mailing list
> Lugro@lugro.org.ar
> http://www.lugro.org.ar/mailman/listinfo/lugro
>

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Carlos,mas all=E1 que la ley este vigente, veo muy dificil su implementaci=
=F3n en el contexto actual del mercado,<br>donde hay una importante escasez=
 de oferta de profesionales de informatica y una baja matriculaci=F3n en la=
s carreras de sistemas.
<br>Creo que este no es momento de excluir gente,sino todo lo contrario.<br=
><br>Como piensan manejar esto? Come creen que van a reaccionar las empresa=
s cuando quieran tocarle sus &quot;recursos&quot;?.<br><br>Saludos<br><br>
<div><span class=3D"gmail_quote">On 5/11/07, <b class=3D"gmail_sendername">=
Carlos Aguirre (Sec. Informatica  Rosario - Poder Judicial Santa Fe)</b> &l=
t;<a href=3D"mailto:admin@justiciasantafe.gov.ar">admin@justiciasantafe.gov=
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</a>&gt; wrote:</span><blockquote class=3D"gmail_quote" style=3D"border-lef=
t: 1px solid rgb(204, 204, 204); margin: 0pt 0pt 0pt 0.8ex; padding-left: 1=
ex;">&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;=BFDe que manera tienen que entender que la le=
y del CIE esta vigente,
<br>sancionada y con un decreto??<br>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Sinceramente p=
arece que estuviera escuchando a alguien que no es<br>inform=E1tico tratand=
o de poner palos en la rueda a un proyecto impulsado por<br>el APPEI que de=
fiende aun mas los intereses de los inform=E1ticos, aun con los
<br>posibles puntos perfectibles que pudiera tener.<br><br><a href=3D"http:=
//www.cie.gov.ar/archivos/estatuto%20decreto%200601.PDF">http://www.cie.gov=
.ar/archivos/estatuto%20decreto%200601.PDF</a><br><a href=3D"http://www.cie=
.gov.ar/archivos/Ley%2011291.PDF">
http://www.cie.gov.ar/archivos/Ley%2011291.PDF</a><br><br>De la LEY y lo de=
staco en mayusculas por si no lo ven! ya que ya lo<br>transcribi en mail an=
terior<br><br>ARTICULO 10. La matriculaci=F3n es el acto por el cual el Col=
egio otorga
<br>autorizaci=F3n para el<br>ejercicio de la profesi=F3n en el =E1mbito te=
rritorial de la Provincia de Santa<br>Fe, y dar=E1 fe ante otros<br>Estados=
 Provinciales y/o Entidades Nacionales que as=ED lo requieran., de la<br>ma=
triculaci=F3n otorgada.
<br>La matriculaci=F3n se efectuar=E1 a solicitud del interesado por escrit=
o,<br>cumpliendo los siguientes<br>requisitos:<br>a) Est=E1n OBLIGADOS a ma=
tricularse todos los profesionales con t=EDtulo<br>habilitante que ejerzan =
la<br>
profesi=F3n, bajo las diferentes modalidades, siendo las m=E1s habituales l=
as<br>siguientes:<br>1. En relaci=F3n de dependencia p=FAblica o privada.<b=
r>2. Como profesional independiente.<br>3. Como empresario.<br><br>Por ende=
 entiendo que SI ES OBLIGATORIA!
<br><br>Del ART 25.<br>h) Gestionar ante las autoridades pertinentes los al=
cances de las<br>incumbencias profesionales de sus colegiados avalando las =
incumbencias dadas<br>por el Ministerio de Educaci=F3n y Justicia de la Nac=
i=F3n para cada matriculado
<br>o por la autoridad educacional competente.<br><br>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nb=
sp;Las incumbencias por ende no las dicta el CIE, sino el Ministerio o<br>a=
utoridad competente.<br>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Con lo cual, leyendo bien l=
a ley concluimos que cualquier actividad que
<br>este dentro de las incumbencias de las profesiones&nbsp;&nbsp;relaciona=
das con la<br>informatica (las enumere en mail anterior) tiene que ser real=
izada por una<br>persona matriculada en el CIE (obviamente dentro de la Pro=
v de Santa Fe).
<br><br>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;No se dejen confundir, lean bien la ley y s=
u decreto que fija el<br>estatuto. Despues cada uno saque sus propias concl=
usiones!<br>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Yo soy idoneo , por lo cual segun el CI=
E si alguna de mis actividades<br>profesionales esta dentro de las incumben=
cias de los profesionales que
<br>matricula, estaria hciendo ejercicio ilegal de la profesion.<br>&nbsp;&=
nbsp;&nbsp;&nbsp;Es por ello mi interes por el proyecto del APPEI, el cual =
al menos<br>contempla la matriculacion de idoneos dentro del 1er a=F1o..con=
 la posibilidad<br>
de un a=F1o mas. Si es cierto que segun el texto actual del proyecto, despu=
es<br>de ese periodo la unica manera de matricularse va a ser teniendo algu=
n<br>titulo, pero esta en el espiritu de quiene estan en la CD del APPEI tr=
atar
<br>de encontrar alguna solucion al respecto..<br>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;M=
ientras tanto, todos aquellos que somos idoneos estamos completamente<br>de=
samparados.<br>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Y para final=
izar, ya que creo haber dado mis explicaciones con<br>respecot al CIE, habe=
r alcanzado el material para que cada uno se informe y
<br>saque sus propias conclusiones, ya que no es mi interes convencer sino<=
br>informar, doy pro cerrado el tema en lo que a mi respecta.<br>&nbsp;&nbs=
p;&nbsp;&nbsp;Por otro lado Consejo de Profesionales o Colegio de Profesion=
ales =BFcreen<br>que tiene alguna diferencia salvo el nombre??
<br><br>Saludos<br>Carlos<br><br>__________________________________________=
_____<br>Lugro mailing list<br><a href=3D"mailto:Lugro@lugro.org.ar">Lugro@=
lugro.org.ar</a><br><a href=3D"http://www.lugro.org.ar/mailman/listinfo/lug=
ro">
http://www.lugro.org.ar/mailman/listinfo/lugro</a><br></blockquote></div><b=
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