[LUG.ro] Inversion en Laptops del consejo de Rosario

Guillermo Ibañez guilleip en yahoo.com.ar
Vie Mar 21 13:59:10 ART 2008


A veces es necesario ser un poco políticos, quizas podamos hacer ambas 
cosas.
Por un lado dar el mensaje, charlas, cursos, etc... y al mismo tiempo 
aprovechar estas situaciones para recordar la ley.

No se olviden que las leyes pueden cambiarse y lo harán si sienten que 
les aprieta el cogote o el bolsillo.  Es muy fácil encontrar argumentos 
legítimos en contra de esta ley, como el de la libre competencia.

De todas formas, recordar su existencia en notas pero no como el 
argumento de peso, sino que diciendo "además hay una ley que...."

Los argumentos de peso reales son mucho más sólidos, a mi entender, que 
la ley.  Al fin y al cabo una ley debe estar basada en criterios y no 
ser un criterio en si misma.  Claro que es un "pre-acuerdo" basada en 
criterios y hay que hacer cumplirla, pero también hay que cuidar la 
longevidad de la misma y creo que la mejor forma es explicando su razón 
de ser y recordando luego que existe como ley.

Creo además que con las invitaciones y las notas, los funcionarios 
quedarán lo suficientemente expuestos al público como para que el 
recordatorio de la ley no les permita ignorarla/incumplirla.

Me prendo en la movida de una, aunque dudo que los veo hoy que es 
viernes santo, dado que soy católico, sepan tolerar mi fe.

Saludos.

Sebastián D. Criado wrote:
> El vie, 21-03-2008 a las 15:35 +0000, Martín Carr escribió:
> [...]
>   
>> Si ellos estuvieran de acuerdo se podría hacer un grupo de instalación
>> especial para la ocasión, en el momento que quieran. De cualquier
>> forma es más un tema de decisión que otra cosa, si quisieran instalar
>> SL podrían hacerlo me parece...
>>
>> Por otro lado, fue gratificante escuchar "software libre" en la
>> tele... Si necesitan ayuda también me sumo.
>>
>> Saludos!
>>     
>
>
> La movida me parece muy buena. Pero ahora, pregunto.
> ¿Acaso no tienen LA OBLIGACIÓN de instalar Software Libre por ordenanza
> municipal?
>
> ---
> CAPÍTULO III. Ámbito de Aplicación
>
> Artículo 4°.- Estas disposiciones serán de aplicación en todo el ámbito
> de la Administración Central Municipal, Empresas donde la Municipalidad
> tenga participación mayoritaria, Organismos Autárquicos,
> Descentralizados, y del Honorable Concejo Municipal, los cuales
> emplearán en sus sistemas y equipamientos de informática exclusivamente
> programas (software) libres.
> ----
>
> http://www.lugro.org.ar/biblioteca/textos-gral/ordenanza.html
>
> Me parece que por allí es por donde tenemos que apretar. Simplemente
> hacer cumplir la ley.
>
> Saludos.-
>   
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